jueves, 10 de abril de 2014

Condición de especial de los delitos económicos

Los delitos económicos, salvo excepciones completamente marginales, suelen tener la condición de especiales, esto es, se requiere que el sujeto activo cuente con una determinada cualidad. De modo que el tipo sólo puede ser cometido por un círculo de sujetos cualificados por esas cualidades. Un ejemplo de ello pueden ser los delitos fiscales en los cuales se hace necesario que el sujeto activo sea obligado tributario.

Ejemplo: Exigencia en el Art. 259 Código Penal de la condición de deudor.
“Será castigado con la pena de uno a cuatro años de prisión y multa de 12 a 24 meses, el deudor…”

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