Consecuencias jurídicas en el Derecho Penal Económico
A la comisión del delito puede seguir la aplicación de una pluralidad de consecuencias jurídicas. Están previstas cuatro tipos: penas, medidas de seguridad, responsabilidad civil derivada de los delitos y faltas y consecuencias accesoriasNo todas estas consecuencias ostentan naturaleza penal pues, por ejemplo, la responsabilidad civil derivada de delitos y faltas o las consecuencias accesorias pueden tener naturaleza civil o administrativa.
La pena es la más antigua e importante de las consecuencias jurídicas basada en la previa comisión de un delito. Respecto a las medidas de seguridad el supuesto de hecho en el que se dan es la peligrosidad criminal del sujeto.
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