viernes, 11 de abril de 2014

Derecho penal de la empresa

Identificación del Derecho penal económico como Derecho penal de la empresa:

La realización de la mayor parte de la actividad económica es concebible y posible sólo a partir de la organización de un conjunto de medios y de personas en la forma de lo que se denomina como empresa. Y habitualmente es valiéndose de la actividad económica llevada a cabo por ella y en el seno de esta organización donde se cometen los tipos previstos por este Derecho.
Por ello, desde este argumento, se ha de reconocer que el Derecho penal económico y del medio ambiente, en realidad, debe ser configurado y comprendido en su mayor parte también como Derecho penal de la empresa.

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