sábado, 12 de abril de 2014

Tipos de peligro abstracto

Consideración de los "delitos cumulativos":

Como consecuencia de la adopción de la protección penal autónoma de los bienes jurídicos colectivos se define la figura de los “delitos cumulativos” a través de los cuales es posible sancionar personalmente una conducta incluso cuando ésta individualmente no sea lesiva del bien jurídico si existe la posibilidad de que tal  conducta se realice también por otros sujetos y el conjunto de comportamientos considerados globalmente sí vaya a terminar lesionando el bien jurídico. (Una persona tira al río aceite, otra persona más y así sucesivamente). Si se castigasen este tipo de conductas se podría vulnerar los principios de proporcionalidad y de culpabilidad.

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