lunes, 12 de mayo de 2014

DELITOS Y FALTAS CONTRA LA HACIENDA DE LA UNIÓN EUROPEA

Delitos contra la hacienda de la Unión Europea
Los delitos contra la Hacienda Pública, en este caso de la Unión Europea, suponen un menoscabo del funcionamiento de la Hacienda Pública que se constituye como un bien jurídico categorial.

En el artículo 306 del Código Penal se castiga a aquellos que como consecuencia de una acción u omisión defrauden a los presupuestos generales de la UE u otros administrados por ésta, en cuantía superior a 50.000 euros, eludiendo (…) el pago de cantidades que deban ingresarse o dando a los fondos obtenidos una aplicación distinta de aquella a que estuvieran destinados.

El tipo recoge dos conductas diferentes, por un lado, se castiga la elusión de otros ingresos comunitarios diferentes de los tributos, que hayan de ser abonados por los particulares, por ejemplo, el reintegro de subvenciones cuando no corresponden y, por otro lado, el segundo inciso del precepto castiga el fraude a los presupuestos dando a los fondos obtenidos aplicación distinta a su destino original, por lo que se trata de una figura de malversación de subvenciones equivalente al art 308.2 CP pero en la esfera comunitaria.

El tipo también recoge que la cantidad defraudada a través de estas actuaciones debe ser de una cuantía superior a 50.000 euros

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