lunes, 18 de mayo de 2015

Favorecimiento ilícito de acreedores

En el artículo 259 del Código Penal se criminalizan ciertas maniobras fraudulentas cometidas una vez admitida a trámite la solicitud de concurso de acreedores, que eludiendo las reglas y preferencias establecidas en orden a la satisfacción de las deudas, privilegia indebidamente a unos acreedores en perjuicio de otros. 

El requisito aquí es que la solicitud de concurso ya debe estar admitida a trámite. Cuando se produce la admisión a trámite, la capacidad de disposición de los sujetos sometidos al concurso queda muy limitada, porque requiere de ciertas autorizaciones por parte de las personas encargadas de supervisar el proceso. Son situaciones en las que el deudor sigue llevando a cabo actuaciones con las cuales privilegia a unos acreedores, frente a otros, cosa que no puede hacer ya, porque debe someterse al control de la administración concursal. Se incrimina llevar a cabo maniobras fraudulentas porque ya no se tiene capacidad para hacerlas. 

Es un delito especial, cuyo sujeto activo es el deudor, y sujetos pasivos son los acreedores, sean preferentes o no, que se verán perjudicados por los actos de disposición del deudor a favor de otros acreedores. El objeto material son los bienes del deudor utilizados para satisfa
cer esa deuda.

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